Nueva ley de IA en México podría obstaculizar revisión del T-MEC, advierte cámara tecnológica

AMITI alerta que los requisitos de autorización de la reforma podrían crear asimetría regulatoria con Estados Unidos y Canadá precisamente cuando llega la revisión del tratado.

Publicado: 20 de junio de 2026 • 10 min de lectura • Artículo

Reforma de inteligencia artificial en México y su impacto en la revisión del T-MEC 2026

Respuesta Rápida:

La Asociación Mexicana de la Industria de Tecnologías de la Información (AMITI) advierte que la reforma a la Ley Federal del Derecho de Autor, aprobada por la Cámara de Diputados en abril de 2026, podría generar fricciones con el Capítulo 19 del T-MEC sobre comercio digital durante la revisión programada del tratado.

Puntos Clave:

  • Reforma aprobada con 335 votos: El 7 de abril de 2026, la Cámara de Diputados aprobó con 335 votos a favor y 129 abstenciones una reforma a la Ley Federal del Trabajo y la Ley Federal del Derecho de Autor para regular el uso de imágenes y voces en contextos de IA, según Mexico Business News.
  • Conflicto con el T-MEC: Según Mexico Business News, AMITI señala que los requisitos de autorización propuestos podrían entrar en conflicto con el Artículo 19.17 del T-MEC, que establece salvaguardas de responsabilidad para plataformas digitales ante contenido de terceros.
  • Sin definición de IA: AMITI identificó que la reforma carece de una definición legal precisa de inteligencia artificial y duplica penalidades que ya existen en la ley de derechos de autor vigente, de acuerdo con Mexico Business News.
  • Impacto en PYMES: Los períodos de autorización propuestos — reducidos a seis meses para uso en publicidad — perjudican la competitividad de las pequeñas y medianas empresas, advirtió AMITI.
  • Sin ley de IA en vigor: CMS Law señala que México no contaba con una ley integral de inteligencia artificial en vigor al 17 de febrero de 2026, aunque en abril de 2025 se publicó para discusión una iniciativa de ley federal en la materia.

El sector tecnológico mexicano enfrenta un momento decisivo. Mientras la revisión del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) se aproxima, una reforma legislativa relacionada con la inteligencia artificial ha puesto en guardia a las principales asociaciones de la industria. La Asociación Mexicana de la Industria de Tecnologías de la Información (AMITI) emitió una advertencia formal: la reforma podría crear asimetría regulatoria con los socios comerciales de México en un año de particular sensibilidad para las negociaciones comerciales de América del Norte.

Para los empresarios que operan en México o que tienen negocios que dependen del comercio digital con Norteamérica, comprender esta dinámica es fundamental. Las leyes que gobiernan el uso de la inteligencia artificial no son abstracciones jurídicas: definen las reglas del juego para las plataformas digitales, las herramientas de marketing automatizado y los sistemas de atención al cliente que las empresas utilizan todos los días.

La reforma y sus alcances

El 7 de abril de 2026, la Cámara de Diputados de México aprobó una reforma a la Ley Federal del Trabajo y a la Ley Federal del Derecho de Autor. Según Mexico Business News, la votación arrojó 335 votos a favor y 129 abstenciones. El objetivo central de la reforma es regular el uso de imágenes y voces de personas reales en contextos de inteligencia artificial generativa.

De acuerdo con Mexico Business News, el Artículo 87 de la Ley Federal del Derecho de Autor fue modificado para extender los derechos de imagen a la voz y al contenido generado por IA, estableciendo que se requiere el consentimiento expreso de la persona para usos específicos. La propuesta original incluía multas de hasta 586,000 pesos mexicanos, equivalentes a aproximadamente 34,000 dólares, aunque ese mecanismo de sanción fue posteriormente eliminado del texto. La vigencia de las autorizaciones también fue ajustada: en su versión original se propuso un máximo de tres años, y para el uso en publicidad se redujo a seis meses.

La modificación simultánea de dos leyes — la laboral y la de derechos de autor — refleja el alcance transversal que el legislador quiso dar a la regulación del uso de IA en la representación de personas. Sin embargo, esta amplitud es precisamente uno de los elementos que genera mayor preocupación en el sector privado.

Contexto regulatorio más amplio:

Según CMS Law, México no contaba con una ley integral de inteligencia artificial en vigor al 17 de febrero de 2026, y la firma califica el nivel de riesgo regulatorio del país en este ámbito como bajo. El marco actual se apoya en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP), la Ley Federal de Protección al Consumidor y las directrices de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) para el sector financiero.

Las advertencias de AMITI

En un reporte publicado el 6 de abril de 2026, AMITI presentó un análisis detallado de las implicaciones de la reforma. Según Mexico Business News, Sofía Pérez, Directora General de AMITI, lideró la posición de la asociación junto con Elsa Ramírez, miembro del Comité de IA y Nuevas Tecnologías de la misma organización. La Asociación Mexicana de Internet (AIMX) también expresó preocupaciones alineadas con las planteadas por AMITI.

En el plano técnico, de acuerdo con Mexico Business News, AMITI señaló que la reforma carece de una definición legal precisa del término "inteligencia artificial", lo que genera incertidumbre jurídica sobre qué sistemas quedan efectivamente sujetos a sus requisitos. La asociación también indicó que las penalidades propuestas duplican mecanismos sancionatorios que ya existen en la legislación de derechos de autor vigente.

Uno de los argumentos más sólidos presentados por AMITI apunta a la viabilidad técnica de los requisitos de autorización. Según Mexico Business News, la asociación argumentó que si cada persona que utiliza un modelo de lenguaje tuviera que solicitar autorización para los procesos contemplados en el Artículo 87, los servicios tecnológicos que procesan grandes volúmenes de contenido se volverían inviables. Este punto tiene implicaciones directas para plataformas de marketing digital, generación de contenido y servicio al cliente automatizado.

En materia de impacto empresarial, AMITI identificó que los períodos de autorización propuestos resultan insuficientes para la operación normal de plataformas y empresas tecnológicas. De acuerdo con Mexico Business News, la reducción a seis meses de vigencia para el uso publicitario perjudica de manera desproporcionada a las pequeñas y medianas empresas, que no cuentan con los equipos legales necesarios para gestionar ciclos de renovación tan cortos para cada pieza de contenido generado por IA.

El conflicto con el T-MEC

La dimensión más relevante para el comercio internacional es la posible incompatibilidad de la reforma con el T-MEC. El tratado incluye un Capítulo 19 dedicado al comercio digital, que establece los principios que México, Estados Unidos y Canadá deben respetar en materia de comercio electrónico y plataformas digitales.

Según Mexico Business News, la tensión central identificada por AMITI se concentra en el Artículo 19.17 del T-MEC, que establece salvaguardas de responsabilidad para plataformas digitales respecto al contenido generado por terceros. La asociación considera que los requisitos de autorización propuestos en la reforma mexicana podrían crear asimetría regulatoria con sus socios comerciales, precisamente cuando se acerca la revisión programada del tratado para 2026.

Riesgo estratégico en el año de revisión:

De acuerdo con Mexico Business News, el sector privado representado por AMITI y AIMX busca que la regulación de la IA en México se desarrolle dentro del marco del T-MEC, en lugar de a través de legislación sectorial unilateral que pueda generar fricciones comerciales. Manuel Morante, abogado especialista en propiedad intelectual del despacho Arochi & Lindner, participó en el análisis de estas implicaciones legales. La posición del sector es que la regulación debe buscar alineación con los marcos ya acordados trilateralmente, no contradecirlos.

El T-MEC no es solo un tratado comercial de aranceles: su Capítulo 19 sobre comercio digital establece compromisos específicos sobre flujo de datos, responsabilidad de plataformas y protección del consumidor digital. Una legislación nacional que contradiga esos compromisos en materia de IA podría ser objeto de mecanismos de resolución de disputas comerciales entre los tres países signatarios.

El panorama regulatorio de México según CMS Law

Para entender el peso de esta reforma, es útil considerar el estado general de la regulación de inteligencia artificial en México. CMS Law, firma jurídica internacional con presencia en México, señala que al 17 de febrero de 2026 el país no contaba con una ley de IA dedicada en vigor, y clasifica el nivel de riesgo regulatorio como bajo.

El sistema regulatorio vigente se apoya en varios marcos existentes. La Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP) regula el procesamiento de datos personales por entidades privadas, incluidas las decisiones automatizadas. La Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados se aplica a sistemas de IA del sector público. La Ley Federal de Protección al Consumidor, administrada por la PROFECO, garantiza la transparencia en los servicios al consumidor que involucran IA. Las directrices de la CNBV regulan indirectamente la IA en calificación crediticia y comercio algorítmico.

En el frente legislativo más amplio, CMS Law documenta dos iniciativas relevantes. La Comisión del Senado publicó en el período 2024-2025 el documento titulado "Hacia un marco regulatorio para la inteligencia artificial en México". Y en abril de 2025, según CMS Law, se publicó para discusión pública la Iniciativa de Ley Federal para el Desarrollo Ético, Soberano e Inclusivo de la Inteligencia Artificial, que busca establecer principios de legalidad, transparencia, equidad, supervisión humana y protección de derechos humanos como fundamentos de un marco integral.

Este panorama ilustra que la reforma aprobada en abril de 2026 no existe en el vacío. Llega en un momento en que México construye activamente su arquitectura regulatoria para la IA, lo que hace que cada pieza legislativa tenga mayor peso en la dirección que tomará ese marco definitivo. La preocupación de AMITI no es que México regule la IA, sino que lo haga de una manera que entre en conflicto con sus compromisos comerciales internacionales y perjudique la competitividad de su industria tecnológica.

Lo que esto significa para tu negocio

Si tu empresa opera en México, atiende clientes mexicanos o utiliza plataformas digitales que procesan contenido generado por IA, estos cambios legislativos afectan directamente tu entorno competitivo. Los requisitos de autorización para el uso de imágenes y voces generadas por IA pueden modificar las condiciones en que operas herramientas de marketing, atención al cliente automatizada y creación de contenido visual o de voz.

Pero hay una dimensión igualmente importante que los empresarios frecuentemente pasan por alto: la visibilidad en los nuevos motores de búsqueda impulsados por IA. ChatGPT, Perplexity, Google AI Overviews y Claude ahora responden preguntas directamente a los usuarios sin llevarlos a ningún sitio web. Si tu negocio no está optimizado para aparecer en esas respuestas — independientemente de cómo evolucione la regulación — estás invisible para millones de clientes potenciales.

El servicio de Optimización para Búsqueda en IA (AEO) de MerchandisePROS está diseñado exactamente para este escenario: auditamos tu presencia digital y mostramos con precisión qué ajustes necesitas para que ChatGPT, Claude, Perplexity y Google AI Overviews te encuentren y te citen cuando alguien busca lo que tú ofreces.

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- Diego Medina F, Fundador de MerchandisePROS

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Preguntas Frecuentes

¿Qué reforma legislativa de IA aprobó la Cámara de Diputados de México en 2026?

La Cámara de Diputados aprobó el 7 de abril de 2026, con 335 votos a favor y 129 abstenciones, una reforma a la Ley Federal del Trabajo y a la Ley Federal del Derecho de Autor. La reforma modifica el Artículo 87 de la ley de derechos de autor para extender los derechos de imagen a la voz y al contenido generado por IA, requiriendo consentimiento expreso para usos específicos. La propuesta original incluía multas de hasta 586,000 pesos mexicanos (aproximadamente 34,000 dólares), aunque ese mecanismo fue posteriormente eliminado.

¿Por qué advierte AMITI que la reforma podría afectar la revisión del T-MEC?

Según Mexico Business News, AMITI señala que los requisitos de autorización propuestos podrían crear asimetría regulatoria con Estados Unidos y Canadá, con quienes México comparte el Capítulo 19 del T-MEC sobre comercio digital. En particular, el Artículo 19.17 establece salvaguardas de responsabilidad para plataformas digitales ante contenido de terceros, y la reforma podría contradecir esas protecciones precisamente cuando llega la revisión programada del tratado.

¿Cuáles son los problemas técnicos que AMITI identificó en la reforma?

De acuerdo con Mexico Business News, AMITI identificó que la reforma carece de una definición legal clara de inteligencia artificial, duplica penalidades ya existentes en la ley de derechos de autor y establece períodos de autorización — reducidos a seis meses para uso en publicidad — que perjudican la competitividad de las pequeñas y medianas empresas. La asociación también señaló que los requisitos de autorización podrían volver inviables los servicios tecnológicos que procesan grandes volúmenes de contenido.

¿Qué marco legal regula actualmente la IA en México?

Según CMS Law, México no contaba con una ley de IA dedicada en vigor al 17 de febrero de 2026. La regulación vigente se apoya en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP), la Ley Federal de Protección al Consumidor (PROFECO) y las directrices de la CNBV para servicios financieros. En abril de 2025 se publicó para discusión la Iniciativa de Ley Federal para el Desarrollo Ético, Soberano e Inclusivo de la Inteligencia Artificial.

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